AÑO 2 – BOLETÍN Nº 8 SEPTIEMBRE 2012
Utopía
___________________________________________ COMISIÓN DE EDUCACIÓN - REGIONAL
SUR “VÍCTOR DÍAZ LÓPEZ” - PC
educacionregionalsur@gmail.com –
educacionregionalsurpc.blogspot.com
¿Cuáles son las principales funciones del Concejo
Municipal?
El Concejo debe normar, resolver, y fiscalizar.
1.
Normar: a requerimiento del alcalde, el Concejo debe
dar su acuerdo para:
- Dictar las ordenanzas municipales y el reglamento
que establecen la organización interna del municipio.
- Aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y los de salud y educación, los programas de inversión, el plan regulador comunal y las políticas de recursos humanos, prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones.
- Aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y los de salud y educación, los programas de inversión, el plan regulador comunal y las políticas de recursos humanos, prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones.
2. Resolver materias en que las leyes exigen acuerdo del
concejo.
3. Fiscalizar:
- La gestión del
alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan
ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.
- El cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal
- La ejecución del presupuesto.
El concejo, por la mayoría de sus miembros, puede disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera del municipio.
- El cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal
- La ejecución del presupuesto.
El concejo, por la mayoría de sus miembros, puede disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera del municipio.
¿Cuáles son las principales
atribuciones de los concejales?
§ Elegir al alcalde, en caso de vacancia.
§ Pronunciarse sobre el plan comunal de desarrollo, el
presupuesto municipal, y varias otras materias.
§ Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas
de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el
registro público mensual de gastos detallados que lleva la
Dirección de Administración y Finanzas.
§ Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle
las observaciones que le merezcan
§ Recomendar al alcalde prioridades en la formulación
y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.
§ Solicitar informe a las empresas, corporaciones o
fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones
de la municipalidad.
§ Fiscalizar las unidades y servicios municipales.
§ Supervisar el cumplimiento del plan comunal de
desarrollo.
Entre otras
atribuciones que menciona la Ley de Municipalidades.
¿Cómo funciona el Concejo?
El concejo puede reunirse en sesiones ordinarias y
extraordinarias. Las sesiones ordinarias se efectúan a lo menos dos veces al
mes, donde puede tratarse cualquier materia que sea de competencia del concejo.
Las sesiones extraordinarias son convocadas por el
alcalde o por un tercio, a lo menos, de los concejales en ejercicio. En estas
sesiones sólo pueden tratarse aquellas materias indicadas en la convocatoria.
Las sesiones son públicas, a menos que dos tercios
de los concejales presentes acuerden que determinadas sesiones sean secretas.
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